El Tribunal Constitucional declara la inconstitucionalidad y nulidad de los arts. 107.1, 107.2 a) y 110.4 de la LHL, pero “solo en la medida en que no han previsto excluir del tributo las situaciones inexpresivas de capacidad económica por inexistencia de incrementos de valor”. Mas información: https://www.iberley.es/temas/plusvalia |
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